dc.contributor.author | Martos Moreno, José Luis | |
dc.date.accessioned | 2021-05-26T09:54:13Z | |
dc.date.available | 2021-05-26T09:54:13Z | |
dc.date.issued | 2016 | |
dc.identifier.citation | Martos Moreno, J.L.: "Contextualidad y otorgamiento de garantías por deuda ajena análisis de la Sentencia 100/2014, de 30 de abril, del Tribunal Supremo desde la perspectiva de la "azione revocatoria fallimentare"". En: David García Bartolomé (coord.), Stefania Pacchi (coord.) Árbol académico, Gilberto Pérez del Blanco (coord.). Estudios sobre derecho de la insolvencia. [León]: Eolas Ediciones, 2016, pág. 143-156 | es_ES |
dc.identifier.isbn | 978-84-16613-60-1 | |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/10272/19879 | |
dc.description.abstract | La sentencia objeto del presente estudio y que será objeto de análisis declaró la
rescisión de una hipoteca otorgada por una sociedad, posteriormente concursada,
a favor de otra del mismo grupo en garantía de un préstamo que una entidad
financiera prestó a esta última.
La secuencia de los hechos podría sintetizarse de la siguiente manera. Una
entidad de crédito concedió dos préstamos a una sociedad, los cuáles fueron
garantizados con dos hipotecas por una sociedad del mismo grupo sobre un
bien de su propiedad. Con posterioridad, la primera no pagó ninguno de los
plazos de amortización de ambos préstamos y, además, se encontraba en grandes
dificultades financieras. Por último, la segunda fué declarada en concurso, por lo
que la administración concursal solicitó la rescisión de la garantía que había sido
otorgada para asegurar la deuda ajena. El juzgado de la Mercantil ante el que se
interpone estimó la demanda y, posteriormente, la confirmó la Audiencia Provincial.
Por ello, la entidad de crédito interpone recurso extraordinario por infracción
procesal, por vulneración del artículo 217 Ley de Enjuiciamiento Civil, y de casación
ante el Tribunal Supremo, concretamente por vulneración del artículo 71 de la Ley
Concursal. La demanda se fundamenta en la aplicación contradictoria de la presunción
iuris et de iure del artículo 71.2, considerando el carácter gratuito del otorgamiento de
la garantía hipotecaria, y la presunción iuris tantum del artículo 71.3.1º, considerando
que es un acto a título oneroso realizado a favor de una persona especialmente
relacionada, finalizando todo con la sentencia que será objeto de análisis. | es_ES |
dc.language.iso | spa | es_ES |
dc.publisher | Eolas Ediciones | es_ES |
dc.rights | Atribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 España | * |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/es/ | * |
dc.subject.other | Deuda ajena | es_ES |
dc.title | Contextualidad y otorgamiento de garantías por deuda ajena análisis de la Sentencia 100/2014, de 30 de abril, del Tribunal Supremo desde la perspectiva de la "azione revocatoria fallimentare" | es_ES |
dc.type | info:eu-repo/semantics/bookPart | es_ES |
dc.rights.accessRights | info:eu-repo/semantics/openAccess | es_ES |
dc.subject.unesco | 56 Ciencias Jurídicas y Derecho | es_ES |